Mañana se cumplirán tres meses desde que finalizó uno de los juicios más mediáticos de los últimos años en España, el juicio contra los cinco miembros de La Manada, acusados de una presunta agresión sexual a una joven madrileña en la primera noche de los Sanfermines de 2016. Tres meses en los que no ha habido sentencia… y no se sabe cuándo se dictará.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal advierte en su artículo 203 que «las sentencias se dictarán y firmarán dentro de los tres días siguientes al en que se hubiese celebrado la vista del incidente o se hubiese terminado el juicio». En su artículo 789, sin embargo, afirma que «la sentencia se dictará dentro de los cinco días siguientes a la finalización del juicio oral». Pese a la confusión, el artículo 202 considera que «serán improrrogables los términos judiciales cuando la Ley no disponga expresamente lo contrario». Y basta leer la frase siguiente para encontrar «lo contrario». Esos términos judiciales «podrán suspenderse o abrirse de nuevo, si fuere posible sin retroceder el juicio del estado en que se halle cuando hubiere causa justa y probada».
Y aquí es donde entran las razones por la demora en el dictado de la sentencia del juicio a La Manada. El abogado penalista Sergio Gómez Salvador explica que «lo importante no es cuándo salga la sentencia, sino que salga bien». Y explica que «no va a ser una sentencia que se resuelva en 40 folios y ya está. Será muy amplia porque tiene que estar muy bien argumentada y justificada».
Los jueces del tribunal tienen que acordar todos los puntos de la sentencia y, en el caso en que hubiera voto particular, la sentencia se retrasaría todavía más porque primero habría que redactar la sentencia mayoritaria y después el juez discordante debería redactar ese voto particular sobre la sentencia. En todos los recursos presentados por los abogados pidiendo la libertad de los acusados ha habido el voto particular de uno de los jueces, por lo que no sería de extrañar que con la sentencia final sucediera algo parecido.
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